La Consejería de Economía, Empresas y Empleo ha convocado ayudas en el marco del Plan Regional de autoempleo, creación de empresas y
emprendimiento, estableciendo para ello seis líneas de ayudas que reflejamos
junto con sus beneficiarios en el cuadro
siguiente:
LÍNEAS
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BENEFICIARIOS
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Línea 1. Ayudas
para el establecimiento de personas desempleadas como trabajadoras autónomas.
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●
Personas físicas establecidas como trabajadoras autónomas o por
cuenta propia que realicen la actividad en nombre propio.
●
Personas físicas que formen parte, en su calidad de trabajadoras
autónomas, de comunidades de bienes, siempre que lo soliciten a título
personal y su actividad económica no sea la mera administración de bienes o
masas patrimoniales.
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Línea 2. Ayudas
para la consolidación de proyectos.
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Línea 3. Ayudas para favorecer la
conciliación de la vida laboral, familiar y personal del titular de la
actividad emprendedora.
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Línea 4. Ayudas para el fomento del relevo
generacional, a través de las siguientes modalidades de subvención:
1.- Subvención por la transmisión de la
actividad empresarial.
2.- Subvención
por la contratación de duración determinada del relevista por la persona
titular de la actividad empresarial.
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Línea 5. Ayudas al familiar colaborador del
titular de la empresa.
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Los familiares
colaboradores de personas trabajadoras autónomas y los familiares del socio,
en el caso de sociedades limitadas unipersonales.
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Línea 6. Ayudas
por la primera contratación indefinida de personas por cuenta ajena.
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●
Personas físicas establecidas como trabajadoras autónomas o por
cuenta propia que realicen la actividad en nombre propio.
●
Personas físicas que formen parte, en su calidad de trabajadoras
autónomas, de comunidades de bienes, siempre que lo soliciten a título
personal y su actividad económica no sea la mera administración de bienes o
masas patrimoniales.
Exclusivamente para esta línea:
●
Las sociedades civiles, siempre y cuando su actividad económica no
sea la mera administración de bienes o masas patrimoniales.
●
Las sociedades limitadas
unipersonales, cuando la persona física que las constituya desarrolle su
actividad en la sociedad.
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INVERSIONES SUBVENCIONABLES
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Línea 1.
1.
Cotizaciones al RETA o mutualidad del colegio profesional
correspondiente.
2.
Gastos necesarios para obtener la financiación de proyectos,
entendiendo como tales:
●
Gastos de estudio destinados a la obtención del préstamo, incluyendo
también los de tasación de inmuebles que figuren como garantía del préstamo o
para adquisición del local donde se instalará la actividad empresarial.
●
Gastos de formalización del préstamo o aval, incluyendo gastos de
notario, registro e impuesto de actos jurídicos documentados
●
Gastos de estudio y formalización de un contrato de Leasing y/o
Renting.
●
Gastos de estudio y formalización de Aval Castilla la Mancha.
●
Gastos de obtención de créditos y líneas de descuento.
3.
Tasas, licencias municipales, licencias regionales, Impuesto de
Actos Jurídicos Documentados, siempre que sean necesarios para el inicio de
la actividad.
4.
Gastos correspondientes al pago de cánones de entrada por
franquicia, así como cánones de adhesión de agentes de entidades de crédito
que se establezcan en el correspondiente contrato mercantil de agencia.
5.
Diseño de imagen corporativa.
6.
Gastos de publicidad y marketing relacionados con la actividad
emprendedora.
7.
Diseño y elaboración de página web o portales corporativos
virtuales.
8.
Posicionamiento web.
9.
Diseño y elaboración de catálogos de productos y/o servicios
prestados por la empresa, cuyos productos o servicios no estén singularizados
para su venta directa.
10.
Cuota de incorporación, alta o inscripción inicial en el colegio
profesional correspondiente.
11.
Desarrollo de prototipos de I+D, incluido el material y fungibles
necesarios para la construcción y puesta en marcha de prototipos.
12.
Inversiones en patentes y modelos de utilidad, incluida la tasa de
solicitud de registro de marca o nombre comercial a nivel nacional en la
Oficina Española de Patentes y Marcas (sólo primera marca y una clase).
13.
Gastos de constitución de sociedad unipersonal de responsabilidad
limitada correspondientes a notaría, registro mercantil y gastos de
publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.
14.
Certificación de sistemas de gestión y productos: calidad,
medioambiental, I+D+I, seguridad.
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Línea 2.
1.
Gastos derivados de la constitución de Aval Castilla-La Mancha.
2.
Gastos derivados de la contratación de servicios de asistencia
técnica especializada, que tengan por objeto la mejora de la viabilidad de la
empresa o que contribuyan a una mejora de su posicionamiento en el mercado,
siempre que recojan, al menos, los siguientes extremos:
●
Un diagnóstico de la situación de la empresa.
●
Un plan de acción específico
dirigido a la empresa, que podrá abarcar desde una estrategia general de la
empresa, a aspectos concretos económicos-financieros, comerciales y de
técnicas de venta y/o marketing, aspectos organizativos y de recursos
humanos, relaciones societarias u otros en función de las necesidades
empresariales.
●
Un calendario de puesta en marcha de actuaciones para materializar
el plan de acción previsto.
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Línea 3.
Coste salarial y de Seguridad Social,
derivado de la contratación efectuada con el límite de 1.000 euros al mes,
por el tiempo de duración del permiso correspondiente.
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Línea 4.
●
Para
subvenciones por la transmisión de la actividad empresarial: el importe
abonado en concepto de transmisión del negocio por la persona que adquiera el
mismo.
●
Para las
subvenciones por la contratación de duración determinada del relevista por la
persona titular de la actividad empresarial: los equivalentes al coste salarial
y de Seguridad Social abonados por el contratante por un periodo máximo de 6
meses.
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Línea 5.
El alta en el RETA o en la mutualidad
del colegio profesional correspondiente del familiar colaborador.
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Línea 6.
El primer contrato por tiempo indefinido,
a jornada completa o a jornada parcial, o por tiempo indefinido
fijo-discontinuo, realizado por la persona trabajadora autónoma que cumpla
las condiciones previstas en el Decreto.
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CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES.
Los importes,
según las distintas líneas de ayudas, oscilan entre los 1.000 euros al mes de
la línea 3 hasta los 6.700 euros en la línea 6. Para más información se puede
consultar en el enlace siguiente: ENLACE AL TEXTO COMPLETO DE LA AYUDA.
PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN.
El plazo de
solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación del Decreto en el
DOCM (8 de agosto de 2018) y finalizará el 30 de noviembre de 2018.
Las solicitudes
se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través del
formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es/) , así como en la
oficina virtual de la Consejería competente en materia de autoempleo, en la
dirección web: https://e-empleo.jccm.es/OVI/.
Fuente: Decreto
53/2018, de 31 de julio, por el que se regula la concesión directa de
subvenciones en el marco del Plan regional de autoempleo, creación de empresas
y emprendimiento, cofinanciado por el Fondo Social Europeo. Extracto BDSN
(Identif.): 410930. [2018/9343]
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